Lineamientos para trámite de beca ciclo escolar 2023-2024

En términos del artículo 67 del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Poder Legislativo del Estado de México, las personas servidoras públicas de nivel salarial del 1 al 23 y sus hijos tendrán derecho a solicitar del 01 de agosto al 15 de septiembre del año en curso, el apoyo de becas para la realización de estudios a partir del primer grado de educación básica concluido y hasta profesional comprobable, correspondiente al ciclo escolar 2023-2024, en las modalidades siguientes:

I. Becas para personas servidoras públicas

Requisitos:

1.- Formato de solicitud de beca

2.- Boleta de calificaciones o constancia de estudios del grado escolar concluido, con promedio mínimo requerido 8.3; en caso de nivel medio superior y superior corresponde al último período cursado, el cual deberá ser actualizado en la primera quincena de febrero de 2024 para continuar con el beneficio. El certificado de término de estudios, no será considerado como comprobante de promedio.

3.- Comprobante de inscripción al grado siguiente, el cual deberá contar con la información de la alumna o alumno inscrito de la institución educativa y sello de ésta.

4.- Gafete oficial.

5.- Si el trámite se realiza por primera vez, además deberá adjuntar:

a)   Último comprobante de pago
b)   CURP

II. Becas para hijos de personas servidoras públicas

Requisitos:

1.- Formato de solicitud de beca

2.- Boleta de calificaciones o constancia de estudios del grado escolar concluido con promedio mínimo requerido 8.3; en caso de nivel medio superior y superior corresponde al último período cursado, el cual deberá ser actualizado en la primera quincena de febrero de 2024 para continuar con el beneficio. El certificado de término de estudios, no será considerado como comprobante de promedio.

3.- Comprobante de inscripción al grado siguiente, el cual deberá contar con la información de la alumna o alumno inscrito de la institución educativa y sello de ésta.

4.- Gafete oficial de la persona servidora pública (padre o madre) que realiza el trámite.

5.- Si el trámite se realiza por primera vez, además deberá adjuntar:

a)   Acta de Nacimiento y CURP de la alumna o alumno.
b)   Último comprobante de pago y CURP de la persona servidora pública.

IMPORTANTE

  1. El trámite sólo podrá realizarlo la persona servidora pública activa.
  2. El periodo para trámite del 01 de agosto al 15 de septiembre de 2023.
  3. El formato de solicitud de beca estará disponible en la página electrónica: administracionyfinanzasplem.gob.mx el cual deberá requisitarse en todos los campos y remitir vía electrónica al correo: becasdadp.saf@legislativoedomex.gob.mx
  4. Se deberá enviar en un solo correo electrónico el formato de solicitud y la documentación completa (archivo PDF) de cada hijo dentro del mismo archivo. En el asunto deberá colocar el nombre completo de la persona servidora pública. Se solicita No comprimir los documentos.
  5. Si el comprobante de inscripción y/o promedio del último período son impresos de internet, deberán contar con la información de la alumna o alumno inscrito, de la institución educativa y sello de ésta.
  6. Si el pago de inscripción se realiza mediante transferencia o depósito bancario el formato deberá contar con la información de la alumna o alumno inscrito, de la institución educativa y sello de ésta, debiendo adjuntar referencia de pago.
  7. Si adjunta recibo de cooperación voluntaria como comprobante de inscripción, deberá contar con la información de la alumna o alumno inscrito, de la institución educativa y sello de ésta.
  8. Para nivel medio superior y superior el comprobante del promedio deberá especificar el último período cursado (semestre, cuatrimestre, trimestre, según corresponda). No se aceptarán constancias o documentos que especifiquen promedio general, promedio parcial, promedio global, etc.
  9. El documento denominado "Comprobante de asignación de ingreso", no será considerado como comprobante de inscripción.
  10. Si la alumna o alumno concluyó sus estudios de licenciatura, ingeniería, carrera técnica o equivalente y se encuentra realizando servicio social, no será susceptible a recibir el beneficio de beca.
  11. La persona servidora pública solicitante deberá contar con al menos 6 meses de antigüedad en el Poder Legislativo, al 1 de agosto del presente año.
  12. Una vez que se hayan cubierto los requisitos para el trámite de beca, recibirá la confirmación a través del correo electrónico a partir del 18 de septiembre de 2023.
  13. Lo no previsto en los presentes, será resuelto por la Dirección de Administración y Desarrollo de Personal.

Toluca, Estado de México, 01 de agosto de 2023.

ATENTAMENTE

MTRA. SILVIA CONCEPCIÓN SEPÚLVEDA VENEGAS
DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN
Y DESARROLLO DE PERSONAL