LINEAMIENTOS PARA TRÁMITE DE ACTUALIZACIÓN DE BECA DE NIVEL PREPARATORIA Y LICENCIATURA 2025

En términos del artículo 67 del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Poder Legislativo del Estado de México, las personas servidoras públicas de nivel salarial del 1 al 23, deberán solicitar del 01 al 15 de febrero del año en curso, la actualización de beca de nivel preparatoria y licenciatura en las modalidades siguientes:


I. Becas para personas servidoras públicas

Requisitos:

1.- Formato de solicitud de beca

2.- Boleta de calificaciones o constancia de estudios del último período concluido, con promedio mínimo requerido 8.3; la cual deberá contar con la información de la alumna o alumno inscrito, de la institución educativa y sello de ésta.

3.- Comprobante de inscripción al periodo siguiente, el cual deberá contar con la información de la alumna o alumno inscrito, de la institución educativa y sello de ésta.

4.- Gafete oficial.


II. Becas para hijas e hijos de personas servidoras públicas

Requisitos:

1.- Formato de solicitud de beca

2.- Boleta de calificaciones o constancia de estudios del último grado concluido con promedio mínimo requerido 8.3; la cual deberá contar con la información de la alumna o alumno inscrito de la institución educativa y sello de ésta.

3.- Comprobante de inscripción al grado o periodo siguiente, el cual deberá contar con la información de la alumna o alumno inscrito, de la institución educativa y sello de ésta.

4.- Gafete oficial de la persona servidora pública (madre o padre) que realiza el trámite.



IMPORTANTE

  1. El trámite sólo podrá realizarlo la persona servidora pública activa.
  2. El periodo para trámite será exclusivamente del 01 al 15 de febrero de 2025.
  3. El formato de solicitud de beca estará disponible en la página electrónica: administracionyfinanzasplem.gob.mx, el cual deberá enviarse debidamente requisitado al correo electrónico becasdadp.saf@legislativoedomex.gob.mx
  4. El formato de solicitud No podrá ser modificado o alterado, de lo contrario no será válido.
  5. El formato de solicitud y la documentación completa (archivo PDF) de cada hijo deberá enviarse en un solo correo electrónico dentro del mismo archivo. En el asunto tendrá que colocar el nombre completo de la persona servidora pública. (No comprimir los documentos).
  6. Si el comprobante de inscripción y /o promedio del último período son impresos de internet, deberán contar con la información de la alumna o alumno inscrito, de la institución educativa y sello de ésta.
  7. Si el pago de inscripción se realiza mediante transferencia o depósito bancario el formato deberá contar con la información de la alumna o alumno inscrito, de la institución educativa y sello de ésta, debiendo adjuntar la referencia de pago.
  8. El comprobante de promedio deberá especificar el correspondiente al último período cursado (semestre, cuatrimestre, trimestre, según corresponda). No se aceptarán constancias o documentos que especifiquen promedio general, promedio parcial, promedio global, etc.
  9. Si la alumna o alumno concluyó sus estudios superiores, carrera técnica o equivalente y se encuentra realizando servicio social, estancia, residencia o similar, no será susceptible a recibir el beneficio de la beca.
  10. Una vez que se hayan cubierto los requisitos para el trámite de actualización de beca, recibirá la confirmación a través del correo electrónico a partir del 17 y hasta el 27 de febrero de 2025.
  11. Las excepciones, así como lo no previsto en los presentes, será resuelto por la Dirección de Administración y Desarrollo de Personal.

Toluca, Estado de México a 31 de enero de 2025

ATENTAMENTE

MTRA. SILVIA CONCEPCIÓN SEPÚLVEDA VENEGAS
DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN
Y DESARROLLO DE PERSONAL