Jardín de Niños

Objetivo Principal

Planear, desarrollar y evaluar la ejecución de Programas de Aprendizaje de los alumnos del Jardín de Niños Poder Legislativo, de acuerdo a lo establecido por la Secretaría de Educación Pública.

Funciones

Atender y cumplir con los programas que establece la Secretaría de Educación Pública en el nivel Preescolar, utilizando las herramientas teórico – metodológicas e implementando las actividades tendientes a alcanzar el desarrollo armónico e integral de los alumnos de acuerdo a su edad;

Elaborar la convocatoria interna de ingreso para cada ciclo escolar;

Supervisar que los procesos de inscripciones y reinscripciones de los alumnos del Jardín de Niños se realicen conforme a los lineamientos establecidos en la convocatoria;

Aplicar los lineamientos y mecanismos administrativos para el funcionamiento y operación del Jardín de Niños;

Elaborar la Ruta de Mejora Escolar y la Estrategia Global de Mejora, con el colectivo docente que requieren las autoridades competentes;

Formular e implementar estrategias y acciones de prevención y apoyo a la educación, salud, nutrición y seguridad dirigidas a los menores, así como aquellas de orientación a los padres de familia;

Dar seguimiento a las acciones dirigidas a la preservación y restablecimiento de la salud de los menores, a través de acciones integrales en medicina preventiva, servicios de salud y atención médica inmediata en caso de urgencia;

Coadyuvar con el Departamento de Seguridad en la salvaguarda de los menores y de los servidores públicos que laboran en el Jardín de Niños;

Convocar y presidir las reuniones de carácter informativo con los padres de familia;

Impulsar la capacitación del personal docente, a través de los Programas de Aprendizaje establecidos por la autoridad en la materia, así como aquellos que promueva la Dirección de Administración y Desarrollo de Personal;

Representar al Jardín de Niños del Poder Legislativo ante las autoridades correspondientes en reuniones de carácter docente, realización de trámites, Consejos Técnicos de Zona, entre otras; y

Desarrollar las demás funciones inherentes a su competencia.

Reglamento

Registro - Inscripción